14 Ago Sanciones a empresas por incumplimiento de medidas sanitarias
La inspección de trabajo y seguridad social, vigilará a las empresas para que cumplan con la nueva normativa de salud pública. Dicha medida entró en vigor el 9 de julio de éste año.
¿A cuánto puede ascender la multa por el incumplimiento de las medidas?. Éstas pueden ir desde los 2-046€ hasta los 40.985, en los casos más graves.
¿Cuáles son las medidas obligatorias que debe tomar la empresa y trabajadores?
Todas las medidas abajo mencionadas son de obligado cumplimiento tanto para el empleador, como para el trabajador, pero en caso de incumplimiento, la sanción será para la empresa.
- Tener a disposición de trabajadores geles desinfectantes, desinfectantes autorizados o agua y jabón de manos.
- Garantizar limpieza, desinfección y ventilación suficientes en el centro.
- Asegurar una distancia mínima de 1,5 metros entre los trabajadores, y en caso de imposibilidad, proporcionar equipos de protección.
- Adopción de medidas para evitar aglomeraciones en el centro, tanto de trabajadores, como clientes y proveedores.
- Favorecer en la medida de lo posible, y en aquellos casos en los que sea posible el teletrabajo, y realizar una reincorporación de la plantilla de trabajo de forma progresiva.
Una nueva «normalidad», que sin duda repercutirá en trabajo y costes al tejido empresarial español, pero que se convierte en esencial si se quiere evitar contagios y multas, que pueden ascender hasta los 40-985€.
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