01 Oct Ampliación de los ERTE hasta el 31 de Enero de 2021
Según el Real Decreto-ley 30/2020, de 29 de septiembre, se amplían los ERTE y también las ayudas a los autónomos hasta el 31 de Enero. Las medidas y causas para poder acogerse a éstas prórogas son las siguientes:
- ERTES de fuerza mayor, en los que encontraremos empresas en una lista de 42 sectores de actividad que podrán mantener sus ERTES y también podrán ampliar exoneraciones, especificando que serán las que estén especialmente afectadas por la pandemia. (Ver Real Decreto-ley).
- Para ello se deberá hacer una nueva solicitud colectiva de prestación por desempleo, antes del 20-10-2020.
- Las empresas no listadas en esos 42 sectores de actividad, pero sí afectadas por la pandemia, podrán prorogar los ERTES por fuerza mayor, pero no tendrán derecho a exoneraciones, con excepción de aquellas que puedan canalizar si situación a otro tipo de ERTE (limitación de actividad, impedimento u otros).
- ERTES por rebrote, serán la nueva modalidad a la que podrán acogerse las empresas:
- Por rebrote, cuya modalidad ya existía con anterioridad, mantendrá su vigencia y además se podrá aplicar un incremento en la exoneración aplicable a las cuota de los Seguros Sociales.
- Por impedimento, enlazada con la anterior, es aplicable a empresas de cualquier actividad o sector, que por la causas acaecidas vean imposibilitada la labor y desarrollo normal de su actividad, tales como empresas de ocio nocturno.
- Por limitaciones, igualmente enlazada con Ertes por rebrote, se refiere a empresas y actividades que vean limitado el desarrollo de su actividad, derivado de las medidas y decisiones adoptadas por las autoridades, tales como limitación de horarios, aforos, etc.
- ERTES etop, aprobados con anterioridad, seguirán siendo vigentes en las mismas condiciones y circunstancias, por lo tanto se podrán acoger a una próroga todas las empresas que con anterioridad estuvieran sujetas a éste tipo de Erte, siempre que se comunique a la autoridad laboral, con una nueva solicitud colectiva.
- Ampliación ayuda autónomos, de igual forma que en los ERTES, quedan ampliadas las ayudas para autónomos hasta el 31 de Enero de 2021 para todos aquellos en los que su actividad haya sido cesada de forma temporal y como consecuencia de la pandemia, y para aquellos trabajadores de temporada que desarrollen su actividad de forma temporal, entre junio y diciembre. Las prestaciones comenzarán a devengarse con efectos del 1-10-2020, y podrán durar un máximo de 4 meses.
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